RESOLUCIÓN No. 61nv/2020
“PAUTAS ADMINISTRATIVAS Y FINANCIERAS A SER ADOPTADAS ANTE LA SITUACIÓN DE EMERGENCIA SANITARIA – COVID 19”
18 de mayo de 2020
VISTO: El Estatuto de la Universidad Católica “Nuestra Señora de la Asunción”, los reglamentos y las normativas vigentes,
CONSIDERANDO: Que, la situación de emergencia sanitaria que vive nuestro país y el mundo entero, con sus efectos colaterales, directos e indirectos en la economía nacional e internacional, caracterizada por la caída de la actividad comercial, industrial, servicios, agricultura y ganadería.
Que, la situación descripta anteriormente amerita la necesidad de orientar las actividades hacia la determinación de prioridades, con el objetivo de cuidar el adecuado uso de los escasos recursos financieros disponibles.
Que, habiendo analizado los documentos de los Flujos de Caja proyectados para el resto del año y hasta febrero de 2021, cubriendo tres (3) escenarios (crítico, intermedio y estadístico), elaborados y presentados por las sedes a pedido de la Vicerrectoría de Administración y Finanzas.
Que, las disposiciones estatutarias vigentes disponen para el Vicerrectorado Académico y de Investigación, en el art. 26, III, inciso a. “Participar en la formulación de la planificación del proyecto educativo institucional y de los planes académicos”, y para el Vicerrectorado de Administración y Finanzas, en el art. 28, III, incisos b. “Elaborar las pautas de políticas presupuestarias de aplicación general…” y d. “Dictaminar sobre todos aquellos actos económicos que podrían significar importantes obligaciones económicas para la Universidad Católica”.
POR TANTO, el Consejo de Gobierno General de la Universidad Católica «Nuestra Señora de la Asunción», en su sesión de fecha 17 de mayo de 2020 y en uso de sus atribuciones;
RESUELVE:
ARTÍCULO I. Aprobar las siguientes Pautas Administrativas y Financieras de Emergencia:
- Adoptar como instrumento de gestión el documento del Flujo de Caja Proyectado correspondiente al Escenario Crítico de cada Campus y Unidad Pedagógica, que forma parte de la presente resolución.
- Todas las sedes de la Universidad (Campus Universitario y Unidades Pedagógicas) realizarán las actividades y planificaciones necesarias para obtener una optimización inmediata de los ingresos previstos, así como el desarrollo de nuevas actividades que tengan como objetivo el incremento de las mismas.
- Los gastos operativos se limitarán estrictamente a lo establecido en el documento del mencionado escenario (ANEXO N° 1), y deberá ser utilizado lo mínimo posible atendiendo sólo a las prioridades establecidas.
- Las inversiones en bienes de capital no se ejecutarán durante el resto del año 2020 y hasta febrero de 2021.
- El Gabinete Técnico del VRAF y el Departamento de Supervisión de Unidades Pedagógicas, realizarán un seguimiento permanente de la ejecución de ingresos y egresos, y presentarán sus informes al VRAF.
- Las pautas indicadas en la presente resolución son de cumplimiento efectivo e inmediato.
ARTÍCULO II. Se autoriza al Vicerrectorado de Administración y Finanzas a reglamentar o aplicar las presentes pautas a situaciones especiales y particulares.
ARTÍCULO III. Comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.
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