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Indulgencias para el Día de los Fieles Difuntos
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Indulgencias para el Día de los Fieles Difuntos

 

 

 

DEL «ENCHIRIDION INDULGENTIARUM» DE S.S. PAULO VI

2 DE NOVIEMBRE – CONMEMORACIÓN DE LOS FIELES DIFUNTOS

Visitas a Iglesias u Oratorio:

Se concede indulgencia plenaria, aplicable sólo a las almas del purgatorio, a los fieles cristianos que, el día en que se celebra la Conmemoración de todos los Fieles Difuntos, visiten piadosamente una iglesia u oratorio.
Dicha indulgencia podrá ganarse o en el día antes indicado o, con el consentimiento del Ordinario, el domingo anterior o posterior, o en la solemnidad de Todos los Santos.
En esta piadosa visita, se debe rezar un Padrenuestro y Credo.

1 AL 8 DE NOVIEMBRE:

Visitas al cementerio:

Se concede indulgencia plenaria, aplicable sólo a las almas del purgatorio, a los fieles cristianos que visiten piadosamente un cementerio (aunque sea mentalmente) y que oren por los difuntos.

Para ganar una indulgencia plenaria, además de querer evitar cualquier pecado mortal o venial, hace falta cumplir tres condiciones:

 

 

 

 

 

  • Confesión sacramental
  • Comunión Eucarística y
  • Oración por las intenciones del Papa.

    Las tres condiciones pueden cumplirse unos días antes o después de rezar o hacer la obra que incorpora la indulgencia, pero es conveniente que la comunión y la oración por las intenciones del Papa se realicen el mismo día rezando a su intención un solo Padrenuestro y un Avemaría; pero se concede a cada fiel la facultad de orar con cualquier fórmula, según su piedad y devoción.

    La indulgencia plenaria únicamente puede ganarse una vez al día, pero el fiel cristiano puede alcanzar indulgencia plenaria in artículo mortis, aunque el mismo día haya ganado otra indulgencia plenaria

    Conoce más sobre las Indulgencias

     

 

 

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