22. En algunos sitios el trabajo está cronometrado, y, a veces, ciertamente mal tasado, de modo que se le puede ganar muy poco dinero, o para sacar algo se requieren esfuerzos inhumanos.
Los responsables de esta injusticia darán también cuenta a Dios. Pero otras veces hay obreros que alargan los trabajos sin necesidad y los hacen más caros deliberadamente.
Cada uno dará cuenta a Dios de la injusticia de la que es responsable.
23. Todo esto en cuanto a la obligación de trabajar con diligencia.
Pero, además, es necesario emplear bien el dinero que se gana. No hay derecho a que un hombre no gane lo suficiente para vivir. Pero tampoco hay derecho a que un hombre gaste en vicios, diversiones, caprichos y superfluidades lo que necesita para dar de comer a sus hijos. No hay que crearse necesidades superfluas.
Lo primero es lo primero; y antes es comer que pasarlo bien. No es que sea reprensible una diversión discreta, cuando se ha atendido a lo sustancial. Pero gastar en diversiones lo que se necesita para comer, es absurdo y criminal.
Además, para diversiones todo parece poco. El dinero se va solo. Nunca hay bastante. Y así nunca se gana lo suficiente. Por eso, ese ansia de ganar más y más. Esforzarse por ganar lo necesario para una vida digna y una diversión decorosa, es justo; pero querer ganar para poder derrochar, es cosa distinta.
«Es legítimo el deseo de lo necesario; y el trabajar para conseguirlo es un deber. Dice San Pablo: el que no quiere trabajar que no coma104 . Pero la adquisición de los bienes temporales puede conducir a la codicia, al deseo de tener cada vez más y a la tentación de acrecentar el propio poder.
La avaricia de las personas, de las familias y de las naciones puede apoderarse lo mismo de los más desprovistos que de los más ricos, y suscitar en los unos y en los otros un materialismo sofocante… Para las naciones, como para las personas, la avaricia es la forma más evidente de un subdesarrollo moral»105 .
La avaricia es un gusano que roe, tanto el corazón del rico como el del pobre; y mientras los hombres sólo piensen en enriquecerse más y más, por encima de todo, como si esta vida fuera la definitiva, es imposible que haya paz en el mundo.
Dios quiere que el hombre tenga lo necesario para vivir, pero no quiere que se apegue demasiado a los bienes de este mundo, que le estorbarán su salvación eterna. Por eso nos dice Jesucristo: «No queráis amontonar tesoros para vosotros aquí en la tierra»106 , sino «buscad primero el reino de Dios y su justicia…»107
No te olvides nunca que lo principal, lo primero, es salvarte; aunque, como es natural, también debes preocuparte de solucionar tu vida en este mundo. Pero sin olvidarte de que la vida eterna es lo primero.
24. Ocupan lugar importante para todo hombre en general, y para el cristiano en particular, entre las exigencias de la justicia social, las obligaciones tributarias. Los impuestos justos hay que pagarlos108
.
El Concilio Vaticano II, en la Constitución Pastoral Gaudium et Spes, enuncia así la doctrina: «Entre los deberes cívicos de cada uno está el de aportar a la vida pública el concurso material y personal requerido por el bien común»109 .
«La naturaleza y fundamento moral del deber tributario se desprende de la sociabilidad del hombre. Para vivir con dignidad, progresar y satisfacer las necesidades propias, cada vez más numerosas con el avance de la civilización, el hombre aislado no se basta.
Toma proporcionada relevancia el papel de la sociedad. Pero a la obligación social de suplir las impotencias singulares de los hombres o de los grupos humanos menores, se corresponde el derecho de exigir los medios necesarios para cumplirla.
Por otra parte, si en el hombre surge el espontáneo y natural derecho de ser ayudado por la sociedad, la correspondiente y necesaria contrapartida, también natural, será la de contribuir en la medida de su capacidad de recursos a los gastos y necesidades sociales.
Quedan pues, naturalmente, enraizadas las obligaciones y derechos fiscales, y por tanto vinculando las conciencias, tanto desde la vertiente de la sociedad como desde la del propio hombre individual. El texto evangélico de Mateo110 y sobre todo el paulino de Romanos111 lo confirma.
Por supuesto que la obligación y el derecho tributarios, vinculando internamente las conciencias de los hombres, sólo proviene de los impuestos justos. De cuatro fuentes mana la justicia o injusticia de un impuesto en particular o la de un concreto sistema tributario en su conjunto: debe establecerse por ley debidamente aprobada, encaminarse a cubrir las finalidades exigidas por el bien común, no gravar riquezas ni ingresos por debajo del mínimo vital, y regularse en escala progresiva.
Respetados estos condicionamientos, el impuesto o sistema fiscal es justo en sí mismo u «objetivamente». Pero puede suceder que un impuesto justo, al recaer en determinada persona concreta, resulte demasiado gravoso, atendidas las circunstancias individuales, convirtiéndose «subjetivamente» en injusto. El análisis detallado de los condicionamientos que determinan la justicia tributaria exceden, por su extensión, este lugar»112 .
El nuevo «Ritual de la Penitencia» en la segunda de las tres fórmulas que aporta para ayudar al examen de conciencia, bajo el número 5, se pregunta:
«¿He cumplido mis deberes cívicos? ¿He pagado mis tributos?»
Reconociendo así implícitamente que se trata de una obligación en conciencia. Se sobreentiende, conforme a lo indicado: «¿He pagado mis tributos justos?».
El engaño en el pago de los impuestos puede hacer a la nación impotente para atender las necesidades generales, y resolver los problemas urgentes de los más deprimidos socialmente.
Dos palabras sobre el mal llamado «impuesto religioso». Digo mal llamado porque no es un impuesto adicional, sino que de lo que necesariamente hay que pagar a Hacienda, dedicar ocho pesetas de cada mil para las obras de beneficencia de la Iglesia. Conviene poner la cruz en el lugar correspondiente, pues si no se pone la cruz, ese 0´5% no va a parar a la Iglesia113 .
25. Pecan gravemente contra este mandamiento los hijos que desobedecen a sus padres en cosa grave, y que ellos pueden mandarles; los que les dan disgustos graves; los que les tratan con aspereza, les injurian o desprecian gravemente; los que les insultan, golpean o les levantan la mano con deliberación y amenaza; los que les desean en serio un mal grave; los que no les socorren en sus necesidades graves, tanto corporales como espirituales: por ejemplo, si no les procuran a tiempo los sacramentos a la hora de la muerte.
Pecan también gravemente los padres que dan mal ejemplo a sus hijos (blasfemias, etc.), los maldicen, les desean en serio algún mal, o abandonan su instrucción humana y religiosa.
Los patronos pecan gravemente si, pudiendo, no dan a sus obreros el salario justo. Pero además tienen obligación de no imponer a sus obreros trabajos superiores a sus fuerzas; protegerles, en cuanto sea posible, de los peligros del trabajo, y de respetar en ellos la dignidad de hombre y de cristiano, tratándoles con amabilidad y evitándoles los peligros de pecar.
Los obreros pecan gravemente si hacen daño grave a su patrono, ya sea malgastando materiales o energía, ya sea estropeando a propósito instrumentos de trabajo. Si voluntariamente rinden menos de lo debido pueden también llegar a pecado grave. Las obligaciones de los patronos y de los obreros están más especificadas en el examen de conciencia que te pongo en el Apéndice.
____________
- 104 SAN PABLO: Segunda Carta a los Tesalonicenses, 3:10
105 PABLO VI: Encíclica Populorum Progressio, nº 18s
106 Evangelio de SAN MATEO, 6:19
107 Evangelio de SAN MATEO, 6:33
108 DENZINGER: Magisterio de la Iglesia, nº 2256. Ed. Herder. Barcelona
109 Concilio Vaticano II: Gaudium et Spes: Constitución sobre la Iglesia en el mundo actual, nº 75
110 Evangelio de SAN MATEO, 22:16-22
111 SAN PABLO: Carta a los Romanos, 13:1-9
112 GONZALO HIGUERA, S.I.: Ética Fiscal, IV. Ed. BAC Popular. Madrid, 1982
113 Diario ABC de Madrid del 28-I-98, pg. 44
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